DECRETO 1/2021, de 5 de enero, del President de la Generalitat por el que se modifica el horario nocturno de limitación de la libertad de circulación de las personas, se prorroga la medida de restricción de la entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, y se declara el confinamiento perimetral de diversos municipios.
Destacan las siguientes medidas:
- La limitación a la libertad de circulación de las personas en horario nocturno, será entre las 22.00 y las 06.00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana.
- Se prorroga la limitación de la entrada y la salida en la Comunitat Valenciana, que, por tanto, continúan restringidas a aquellos desplazamientos adecuadamente justificados de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo del Decreto 15/2020, de 30 de octubre, del President de la Generalitat, por el que se adoptan medidas temporales y excepcionales en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Dichas medidas mantendrán su vigencia hasta las 23.59 horas del 31 de enero de 2021.
- Se declara, con carácter transitorio, el confinamiento de los municipios de Borriol, Atzeneta del Maestrat, Soneja, Jérica, Alcoy, Castalla, Polop, Llíria, Ayora, Utiel, Sollana, Guadassuar, Oliva, Daimús, Canals, Benigànim, Xàtiva, Mogente, Ontinyent, Cheste, Sinarcas, Anna, Quatretonda y Bonrepòs i Mirambell, restringiendo la entrada y la salida de personas de cada una de las respectivas poblaciones, manteniendo el confinamiento su vigencia hasta las 23.59 horas del 20 de enero de 2021.
- Se declara, con carácter transitorio, el confinamiento de los municipios de Alfafar, Benetússer, Massanassa, Sedaví y Llocnou de la Corona, si bien considerándolos a todos, en su conjunto, como un único núcleo poblacional, y restringiendo la entrada y la salida de personas de dicho núcleo poblacional. El confinamiento mantendrá su vigencia hasta las 23.59 horas del 20 de enero de 2021.
A dichos confinamientos se aplicarán las mismas excepciones a que hace referencia el punto segundo.
El mencionado Decreto producirá efectos desde las 00.00 horas del día 7 de enero de 2021.
Este DECRETO 1/2021, de 5 de enero, modifica el DECRETO 20/2020, de 18 de diciembre, del president de la Generalitat, que modificaba a su vez el Decreto 14/2020, de 25 de octubre, del president de la Generalitat, de medidas en la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 y de la declaración del estado de alarma activado por el Gobierno de la Nación, y el Decreto 19/2020, de 5 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se prorrogó la medida de restricción de entrada y salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, y se adoptaron nuevas medidas