MINISTERIO SANIDAD: Fin uso de mascarillas en transporte p煤blico

Normativa y legislaci贸n P煤blico 08/02/2023 14 3.245
  • |
  • |

Efectos a partir del 8 de febrero de 2023

REAL DECRETO 65/2023, de 7 de febrero del Ministerio de Sanidad, por el que se modifica la obligatoriedad del uso de mascarillas durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

 

Al respecto, las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:

a) En los centros y servicios sanitarios, en las oficinas de farmacia y en botiquines según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, visitantes y pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.

b) En los centros sociosanitarios, las personas trabajadoras que trabajen en ellos siempre que estén en contacto con personas residentes o en zonas compartidas con esas personas y los y las visitantes cuando estén en zonas compartidas.


La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible a las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Y en el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

 

Entrada en vigor el 8 de febrero de 2023