Minimis L铆neas ICO COVID-19: una carrera de obst谩culos

Post P煤blico 05/03/2021 17 4.567
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FEMEVAL solicita que se replantee la f贸rmula de c谩lculo del importe de los costes y minimis asignados a estos pr茅stamos porque no est谩n sujetos a la realidad de los precios de mercado.

Debido a la preocupación manifestada en la pasada reunión del Comité Ejecutivo de FEMEVAL por la manera de imputar los minimis en las Líneas de Avales ICO COVID-19, nuestra federación está realizando gestiones para que la misma pueda ser a un tipo razonable y periodificada a lo largo de la vida del préstamo concedido.

 

Esta es la situación: ante las nuevas ayudas puestas a disposición por parte de la Administración autonómica, las empresas se están encontrando con el hándicap añadido de que, si se han acogido previamente a las líneas ICO COVID, tanto préstamos como líneas de crédito, se les aplican unos minimis que dificultan el acceso a dichas ayudas.

 

La complicación deriva del tipo de préstamo recibido. Los ICO-COVID liquidez eran préstamos ofrecidos por entidades bancarias con un aval del 80% del ICO. Ese aval gratis es, por tanto, la única ayuda pública que tienen. Si los préstamos son de más de 1,5 millones de euros, se amparan en el marco temporal de ayudas y, por tanto, son perfectamente compatibles con las ayudas minimis ordinarias. Es decir, se pueden recibir ayudas minimis de hasta 200.000 euros y además el préstamo avalado por el ICO.

 

El problema es que la mayoría son de importe inferior a 1,5 millones de euros, al menos individualmente, y el ICO entonces los considera sujetos a minimis con un coste y, por tanto, subvención global de la operación cercano al 13% del importe del préstamo, cifra que desde FEMEVAL consideramos excesivamente elevada y lejos de la realidad del mercado. 

 

Esto significa que una empresa que, por ejemplo, recibe un préstamo de una entidad financiera de 100.000 euros, el ICO le avalaría el 80% (80.000 euros), considerando un coste de la operación, y por tanto de la ayuda, de 13.000 euros. Así pues, esa empresa, ya tiene consumidos 13.000 euros de minimis por ese aval. Si a esto se uno que los importes de los préstamos suelen ser de mayor cuantía y que una misma empresa puede tener solicitados varios, la acumulación de estos minimis conlleva que no dispongan de margen para solicitar otras ayudas sujetas al régimen de minimis.

 

Ante este escenario, desde FEMEVAL abogamos porque se adopten medidas como:

  • cambiar la regulación de estas líneas para que se pueda acumular el importe de los distintos préstamos y, si entre ellos superan el 1,5 millón de euros, acogerse al marco temporal,
  • que las empresas puedan asignar de forma equitativa el importe del aval durante el periodo de duración del préstamo, para evitar que se impute todo el coste del aval a los minimis del primer año y
  • replantear la fórmula de cálculo del importe de los costes y minimis asignados a estos préstamos porque no están sujetos a la realidad de los precios de mercado.