Firmado el principio de acuerdo del Convenio de Comercio del Metal de Valencia

Nota de prensa P煤blico 28/07/2023 2 2.751
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FEMEVAL, CCOO PV y UGT sellan un acuerdo que alcanza a m谩s de 8.500 empresas y 35.000 personas trabajadoras.

 

La Federaci贸n Empresarial Metal煤rgica Valenciana (FEMEVAL), la Federaci贸n de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO PV) y la Federaci贸n de Servicios, Movilidad y Consumo del Pa铆s Valenci脿 (UGT) han firmado hoy el principio de acuerdo del Convenio Colectivo de Comercio del Metal para la Provincia de Valencia para el periodo 2023-2025.

 

FEMEVAL destaca su importancia, tanto para las 8.528 empresas como para las cerca de 35.000 personas trabajadoras a las que da cobertura, porque dota de una vigencia de tres a帽os e incrementos salariales razonables acordes a la incertidumbre generada por la situaci贸n econ贸mica y pol铆tica. Al respecto, establece aumentos salariales del 2% para 2023; 2,5% para 2024 y 3,5% para 2025, con cl谩usulas de revisi贸n en l铆nea con el V AENC, as铆 como no subir horas a cambio del incremento al 50% de la hora festiva y la extensi贸n a nueve meses m谩ximo del contrato eventual de duraci贸n determinada por circunstancias de la producci贸n.

 

La patronal del metal valora muy positivamente el acuerdo alcanzado dado que pone fin a siete meses de negociaci贸n mediatizada por el entorno socio-econ贸mico cambiante y por las modificaciones legislativas, y demuestra, una vez m谩s, la predisposici贸n de las partes firmantes al di谩logo social sereno, y respetuoso para con las personas trabajadoras y empresas.

 

El convenio incorporar谩 dos nuevos art铆culos. Uno que adapta la reforma laboral sobre el contrato para la obtenci贸n de la pr谩ctica profesional, estableciendo una retribuci贸n del 80% del salario establecido para el grupo profesional y nivel retributivo correspondientes a las funciones desempe帽adas, que en ning煤n caso la retribuci贸n de la persona trabajadora podr谩 ser inferior al salario m铆nimo interprofesional, en proporci贸n al tiempo de trabajo efectivo.

 

Y otro en el que la patronal y los sindicatos prestan especial atenci贸n al trabajo a distancia y teletrabajo, que ser谩 voluntario para la persona trabajadora y para la empleadora y requerir谩 la firma del acuerdo individual de trabajo a distancia, que deber谩 respetar los acuerdos de empresa que puedan suscribirse sobre esta espec铆fica materia con la representaci贸n de las personas trabajadoras. Las empresas informar谩n anualmente, a solicitud de los representantes de las personas trabajadoras, de los puestos de trabajo susceptibles de realizarse a distancia.

 

Esta firma alcanza a empresas distribuidoras y comercializadoras de equipos, recambios y accesorios para la automoci贸n, concesionarios de ventas de autom贸viles, alquiler de veh铆culos y camiones, tiendas de electrodom茅sticos, empresas de tecnolog铆a de la informaci贸n, proveedoras de material m茅dico-quir煤rgico, ferreter铆as, ortopedias, almacenistas y comercializadoras siderometal煤rgicas, almacenistas de aluminio, material el茅ctrico y hierro, y comerciantes detallistas.

 

Asimismo, se ha suscrito un acuerdo parcial para la aplicaci贸n del incremento salarial pactado para 2023, ante la previsible demora de la firma del texto definitivo del convenio, que no se producir谩 hasta el mes de septiembre.