RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, publicada hoy en el DOGV, por la cual se publica la Resolución de 25 de noviembre de 2021, de la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, por la que se acuerdan medidas en materia de salud pública respecto del acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.
Exigencia de presentación de certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación Covid-19, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, para el acceso de las personas mayores de 12 años, incluida esta edad, al interior de los siguientes establecimientos, donde es necesario el uso de la mascarilla:
Excepción: los comedores (no cafeterías) de centros docentes de enseñanza reglada, respecto del alumnado y profesorado.
En los eventos deportivos se estará a la ordenación prevista en las resoluciones vigentes dictadas por la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública.
El certificado, que se presentará en soporte digital o papel junto con el documento acreditativo de su identidad en los establecimientos, locales y eventos, será emitido por un servicio público de salud, o, en su caso, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias:
En la entrada a los eventos y a los establecimientos y locales, en una zona visible, se tiene que colocar un cartel en que se informe que su acceso requiere del oportuno certificado en los términos que esta resolución exige, así como sobre la no conservación de los datos personales acreditados.
Eficacia y vigencia: Desde las 00:00 del 4 de diciembre del 2021 hasta el 2 de enero de 2022.