Se ha publicado en el DOGV del 10 de febrero de 2025, el DECRETO 17/2025, de 4 de febrero, del Consell por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta ajena con suspensión del contrato de trabajo por un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor a consecuencia de la emergencia causada por la DANA en la Comunitat Valenciana.
OBJETIVO
Aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas urgentes, por concesión directa, en concepto de renta complementaria de subsistencia, a personas trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por la suspensión de su contrato de trabajo, como consecuencia de un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor a causa de la emergencia originada por la DANA en la Comunitat Valenciana en octubre de 2024.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Las personas físicas que estén incluidas en la relación de personas trabajadoras remitida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en tanto que es el órgano competente para el abono mensual de las prestaciones que se complementan, donde se incluirán todas las personas físicas que tengan reconocida la prestación de ERTE por fuerza mayor derivada de DANA, en algún día entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, debido a la suspensión temporal de su contrato de trabajo como consecuencia de un ERTE por causa de fuerza mayor derivada del episodio de DANA del pasado 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.
PROCEDIMIENTO
El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites y su instrucción corresponderá a la Subdirección General de Relaciones Laborales y Cooperativismo, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral.
La Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral recabará del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), del Servicio de Valenciano de Empleo y Formación (LABORA), y de cualquier otra entidad pública, la información estrictamente necesaria para el otorgamiento de estas ayudas. Los datos obtenidos solo podrán ser utilizados para la concesión de estas ayudas.
Los datos que se recabarán, referidos a las personas trabajadoras que reúnan los requisitos establecidos arriba especificados son: DNI o NIE; Nombre y Apellidos; Teléfono; Email; Cuenta bancaria, con clave IBAN, donde la beneficiaria recibe el pago de las prestaciones CCC (Código de Cuenta de Cotización en Seguridad Social del centro de trabajo en el que prestaba servicios la persona trabajadora afectada por el ERTE)
Recibida la documentación necesaria para proceder a la concesión de estas ayudas, la Dirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la Generalitat Valenciana llevará a cabo su procesamiento informático, con las medidas necesarias para la seguridad de su tratamiento, y el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que se cumplen los requisitos necesarios para la concesión de las ayudas, formulando la propuesta de concesión al órgano competente para resolver.
AYUDA
El importe de la ayuda será de 360 euros por persona beneficiaria, y se obtiene aplicando el 30% al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM de 2024, esto es 600€) en su valor mensual, esto es 180 € (30% de 600=180€), por los meses de noviembre y diciembre de 2024 (180*2=360 €), que se corresponde con los meses de vigencia de esta medida a fin de 31 de diciembre de 2024.
Esta ayuda trata de complementar la cuantía de la prestación del 70% de la base reguladora percibida por cada persona trabajadora por cuenta ajena en esta situación, con el 30% adicional del IPREM en los meses trascurridos hasta el 31 de diciembre de 2024.