Para acreditar dicha participación, la empresa deberá disponer de:
- Certificación expedida por FEMEVAL de acreditación de adhesión al Plan Formativo de la Federación. (El Plan Formativo de FEMEVAL se define estatutariamente como la suma de las acciones formativas organizadas por la Federación para sus empresas asociadas o asociaciones miembro, en virtud de lo cual, FEMEVAL emitirá y remitirá a sus empresas asociadas la mencionada certificación, a los efectos del art. 71 del convenio y dará, a su vez, traslado de estos a la comisión paritaria).
- Certificación expedida por CCOO o UGT de acreditación de participación de la empresa en su plan de formación sectorial, debiendo dar traslado a la comisión paritaria.
- Homologación efectuada por la COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO. La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria, la Tecnología y los Servicios del sector del metal de la provincia de Valencia es la competente para la emisión de los certificados acreditativos establecidos en el artículo 71.3 apartado III) del convenio, previa solicitud (*) tal y como se determina en el procedimiento.
(*) Las únicas legitimadas para presentar la solicitud de homologación del plan formativo son las empresas afectadas por el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal de la provincia de Valencia, no vinculadas a las partes firmantes del mismo y cuyo personal haya de ser formado.