Pograma de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (MOVES FLOTAS)

Ayudas Público 21/07/2023 0 340
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PLAZO CERRADO 18/10/23

Se ha publicado en el BOE, Extracto de la Resolución de 14 de julio de 2023, del Consejo de Administración de E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P. por la que se establece la tercera convocatoria del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (PROGRAMA MOVES FLOTAS).

Bases reguladoras: Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de incentivos a proyectos de electrificación de flotas de vehículos ligeros (Programa MOVES FLOTAS) (BOE de 22/12/2021)

Sede electrónica para su tramitación

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Empresas con personalidad jurídica propia (micro, pequeña, mediana y gran empresa). Se exceptúan los concesionarios o puntos de venta (Epígrafes IAE 615.1 y 654.1).

ACTUACIONES APOYABLES

Proyectos que consigan una reducción del consumo de energía final, por ello una menor dependencia energética del petróleo y disminución de las emisiones de CO2, relacionados con las siguientes actuaciones:

  • Adquisición de vehículos eléctricos y de pila de combustible, que operen en más de una comunidad autónoma (mínimo 10 y máximo 500 vehículos, por solicitud).

  • Instalación de puntos de recarga en las instalaciones de aparcamiento de la flota, como parte del proyecto de electrificación de la empresa. El número de puntos de recarga incentivados no podrá ser superior a número de vehículos incentivados.

  • Costes de transformación de la flota hacia la electrificación: adquisición o adaptación de sistemas de gestión de flotas, para, entre otros, digitalizar el control de rutas, así como formación de personal de la empresa a fin de realizar una transición de la flota hacia la electrificación. Límite de ayuda: 60.000 €.

CUANTÍA DE LA AYUDA

  • Para la actuación 1, la cuantía de las ayudas varía según el tipo de beneficiario, la tipología de vehículo y su motorización y de si se realiza achatarramiento de otro vehículo. Los importes de las mismas vienen recogidos en Anexo III a la Orden TED/1427/2021, de 17 de diciembre de bases reguladoras del programa.

  • En cuanto a las actuaciones 2 y 3, la intensidad de la ayuda es del 40 % de los costes subvencionables, pudiendo incrementarse en 10 puntos porcentuales en el caso de las ayudas concedidas a medianas empresas y en 20 puntos porcentuales si las ayudas van destinadas a micro o pequeñas empresas.

Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax 91 523 04 14, WhatsApp 910 789 894, o llamada telefónica 913 146 673.

Para consultas específicas del MOVES Flotas o de detalle de las Bases del programa, pueden dirigirse a: moves.flotas@idae.es