Entre las iniciativas aprobadas en el Real Decreto-ley 6/2024 de 5 noviembre se incluye Línea de Avales del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa gestionada por el ICO.
OBJETIVO
Facilitar financiación a los hogares, personas autónomas y empresas que les permita recuperar la normalidad en el menor tiempo posible.
Listado de entidades bancarias donde se puede solicitar.
CONDICIONES
El aval será gratuito tanto para la entidad financiera como para la clientela.
El ICO permitirá la concesión de avales del Estado por un importe del 80% de la financiación otorgada por las entidades financieras que tendrán como finalidad el adelanto del pago de las indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros o de otras ayudas que puedan convocar las diferente Administraciones Públicas.
Las personas autónomas y empresas podrán financiar las inversiones o el circulante necesario para recuperar su actividad.
La Línea cuenta con tres modalidades:
Modalidad 1: Financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a hogares
¿Quién puede solicitarlo?: Personas autónomas y empresas en municipios afectados por la DANA.
Objeto: Anticipo de indemnizaciones del Consorcio de Seguros y/o ayudas públicas.
Importe máximo: suma de indemnización y ayudas esperadas.
Plazo: hasta 5 años.
Aval del Estado: 80 % del principal, sin coste para el beneficiario.
Garantías: cesión de derechos de cobro, sin otras garantías.
Solicitud: en entidades financieras adheridas.
Modalidad 2: Financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y personas autónomas.
¿Quién puede solicitarlo?: Personas autónomas y empresas en municipios afectados o con medios de transporte dañados.
Objeto: Financiación de inversiones y capital circulante.
Importe máximo: hasta 12,5 millones de euros por empresa.
Plazo: Capital circulante: hasta 5 años.
Inversión: hasta 7 años (10 años para sector agrícola).
Carencia: 12 meses (ampliable a 24 meses, si es necesario).
Aval del Estado: 80 % del principal, sin coste para el beneficiario.
Solicitud: en entidades financieras adheridas.
Nuevo tramo de 240 M€ para autónomos y pymes con interés al 0 %, subvencionado por la Secretaría de Estado de Comercio.
Modalidad 3: Recuperación de la Capacidad Productiva de empresas
Pueden solicitar financiación con esta modalidad las personas autónomas y empresas con domicilio social o establecimiento en alguno de los municipios afectados por las consecuencias del desastre natural recogidos en el ANEXO del Real Decreto-ley 6/2024. En estos casos esta modalidad será compatible con la Modalidad 2 de la Línea.
En esta modalidad, se puede solicitar financiación para aquellas personas autónomas y empresas cuyos medios de transporte afectos a la actividad empresarial o profesional hayan sufrido daños con ocasión del desarrollo de dicha actividad en alguna de las localidades del anexo. En estos casos será necesario acreditar el reconocimiento del daño sufrido mediante el certificado del Consorcio de Compensación de Seguros.