Desde el 1 de noviembre de 2.018 es obligatorio tener suscrita la garantía financiera exigida por la ley de responsabilidad medioambiental para las actividades clasificadas con el nivel de prioridad 1.
Para las empresas consideradas en el nivel de prioridad 2 la fecha límite establecida se sitúa antes del 1 de noviembre de 2.019
Para el resto de actividades incluidas en el nivel 3, no se ha publicado la orden que definirá las fechas en las que resulte obligatorio disponer de una garantía financiera.
En este sentido, la Ley establece tres modalidades de garantía financiera:
1. Una póliza de seguro suscrita con una Entidad Aseguradora.
2. Un aval concedido por alguna Entidad Financiera.
3. Una reserva técnica mediante dotación de un fondo, externalizado e independiente de los recursos de la empresa.
Con el fin de facilitar, a las empresas asociadas, la constitución de la mencionada garantía financiera, FEMEVAL a través de la correduría Argente Gestión de Riesgos, pone a su disposición una línea de asesoramiento y suscripción mediante la contratación de una póliza de seguro.
Puede solicitar este servicio contactando con José Luis Quilis a través del teléfono 963 80 64 46