OBJETIVO
Certificaciones obligatorias como las voluntarias, siempre y cuando estén relacionadas con la actividad exportadora de la empresa. Para acceder a las certificaciones voluntarias, la empresa deberá demostrar su condición de exportadora.
¿QUÍEN PUEDE SOLICITARLO?
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Eres una PYME.
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Dispones de producto, servicio o marca propia.
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Tienes una facturación superior a 300.000 euros.
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En el caso de que solicites la ayuda para una certificación voluntaria, deberás acreditar también la condición de empresa exportadora.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
La empresa recibirá hasta un máximo de 20.000 euros como ayuda económica, sobre un presupuesto máximo elegible de 25.000 euros para apoyar los costes derivados de la obtención de las certificaciones internacionales subvencionables en el marco de esta convocatoria. En todos los casos, los gastos serán prefinanciados por las empresas beneficiarias, quienes asumirán además el 20% de cofinanciación de los mismos.
¿QUÉ GASTOS SON SUBVENCIONABLES?
Serán susceptibles de ser cofinanciados los gastos derivados del proceso de certificación de productos, servicios y/o gestión de la empresa que se dirijan a mejorar su competitividad internacional fuera de la Unión Europea, admitiéndose gastos ya realizados, siempre que la fecha de pago de estos sea posterior a 1 de enero de 2024:
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Consultoría asociada a la certificación.
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Costes de envío, devolución y/o destrucción de muestras.
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Coste de los ensayos.
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Emisión de la certificación
En todos los casos, las certificaciones se deben dirigir a mejorar la competitividad internacional de la pyme fuera de la UE.
No serán subvencionables las certificaciones exigidas por la normativa española y/o comunitaria, ni aquellas vinculadas a trámites tributarios y/o aduaneros.
Tramitación telemática. Más información
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