Aspectos más significativos que se ven afectados por la nueva Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal

Noticia Público 26/10/2021 0 481
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En vigor desde 11 de julio de 2021

Estos son algunos de los aspectos más significativos que se ven afectados por la Ley de Prevención y Lucha contra el Fraude Fiscal, en vigor el pasado 11 de Julio:

Para ampliar información pueden contactar con el departamento financiero de FEMEVAL 963719761

  • Limitación de pagos en efectivo: Se disminuye el límite general de pagos en efectivo entre empresarios y profesionales que pasa de 2.500 a 1.000 euros. Disminuye de 15.000 a 10.000 euros cuando la persona pagadora sea una persona física que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.

  • Se modifica el sistema de recargos por el pago de impuestos fuera de plazo, estableciéndose un sistema de recargos crecientes del 1% por cada mes completo de retraso sin intereses de demora hasta que haya transcurrido el período de 12 meses de retraso. A partir del día siguiente del transcurso de los 12 meses citados, además del devengo del recargo del 15%, comenzará el devengo de intereses de demora.

  • Se establece la obligación de que los sistemas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables o de gestión empresarial se ajusten a ciertos requisitos que garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, requisitos cuya especificación técnica puede ser objeto de desarrollo reglamentario, incluyendo en éste la posibilidad de someterlos a certificación.

  • A efectos de evitar el uso inadecuado de la presentación de reiteradas solicitudes de aplazamiento, fraccionamiento, compensación, suspensión o pago en especie cuyo período de tramitación suspende cautelarmente el inicio del período ejecutivo, se dispone que la reiteración de solicitudes, cuando otras previas hayan sido denegadas y no se haya efectuado el ingreso correspondiente, no impide el inicio del período ejecutivo. Asimismo, en la medida en que el período voluntario de pago es único, se aclara que dicho período no podrá verse afectado por la declaración de concurso.

  • Se introducen varios cambios en el régimen de las reducciones aplicables a las sanciones tributarias para favorecer la simplificación Por un lado, se eleva la reducción de las sanciones derivadas de su aplicación, el ingreso voluntario y la disminución de litigios. Se eleva la reducción de las sanciones en caso de pronto pago al 40%. La reducción por conformidad se mantiene en el 30%.