El Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, establece que son productores de producto a efectos de este real decreto los empresarios, personas físicas o jurídicas, envasadores o importadores o adquirentes intracomunitarios de productos envasados, para su puesta a disposición en el mercado nacional. Es decir, cualquier empresa o empresario que introduce en la cadena comercial o industrial, un producto envasado.
En el caso de TALLERES DE REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES, SOLO DEBERÁN inscribirse en el citado Registro aquellas empresas que pongan en el mercado algún producto, es decir, que vendan recambios.
A nivel de esta ley se entiende por envase: caja de cartón, pegatina identificativa, palet, fleje.....
En dicho caso deberán inscribirse OBLIGATORIAMENTE y hacer las declaraciones correspondientes de los envases puestos en mercado en los años 2021 y 2022.
Como siempre, si tiene dudas, antes de firmar nada con cualquier empresa que le ofrezca realizar estudio previo, inscripción en el registro.... rogamos remita un correo a fevauto@femeval.es
Registro de empresas envasadoras del Ministerio.
Más información de como registrarse.