Nueva ordenanza de movilidad del Ayuntamiento de Valencia

Noticia P煤blico 30/06/2024 3 565
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A falta de publicaci贸n en el BOP.

El Ayuntamiento de València inicia, mediante moción aprobada en Junta de Gobierno Local el 28 de junio de 2024, ha iniciado la tramitación de la Ordenanza de Zonas de Bajas Emisiones. Los siguientes pasos serán: aprobación del proyecto de disposición normativa por la Junta de Gobierno Local previo informe de la Asesoría Jurídica municipal, presentación de enmiendas por los grupos políticos, aprobación inicial de la disposición por el Pleno previo dictamen de la comisión informativa competente, trámite de exposición pública y por último, acuerdo plenario de aprobación definitiva y publicación en el BOP.

Puede consultar las preguntas frecuentes sobre la zona de bajas emisiones (ZBE) en este documento, aunque destacamos algunas:

  • ¿Tengo que llevar la etiqueta visible en el parabrisas del coche?

NO es necesario disponer la etiqueta ambiental de la DGT visible en el parabrisas puesto que el sistema de control de accesos dispone de un sistema de cámaras de lectura automática de matrículas conectado a la DGT donde ya consta la información de la etiqueta del vehículo.

  • Se ha optado por no limitar o perjudicar las actividades económicas que se desarrollan en la ciudad. Por tanto, sólo se aplican restricciones a los vehículos clasificados como Turismos, Motocicletas y Ciclomotores sin etiqueta dejando fuera a otros vehículos tales como camiones, furgonetas o autobuses que únicamente representan un porcentaje reducido de las matrículas que circulan en València (ver preguntas 14 a la 18).

  • Las restricciones de acceso se aplicarán durante las 24 horas del día los 365 días al año.

  • Si tengo un vehículo de los clasificados como más contaminantes, ¿podré acceder a las Zonas de Bajas Emisiones en fase sancionadora? (ver pregunta 14)

De manera excepcional se permitirán 48 accesos puntuales al año con una duración de 24 horas cada uno de ellos. Además de lo anterior, podrán acceder previa presentación de documentación acreditativa de las condiciones los siguientes supuestos: a) Vehículos que transportan personas titulares de una tarjeta de estacionamiento de personas con movilidad reducida. b) Vehículos que estén vinculados a una actividad económica. c) Vehículos de familias numerosas. d) Vehículos de familias con menores de 3 años. e) Vehículos que transportan mujeres embarazadas. f) Vehículos de las personas con movilidad reducida temporal. Se habiitará web para solicitar la citada autorización.

  • Los vehículos históricos están exentos de las restricciones siempre que estén matriculados como históricos en la DGT.

  • ¿Cuándo comenzarán a implementarse las Zonas de Bajas Emisiones con restricciones de etiqueta ambiental? (pregunta 15)

El Ayuntamiento ha planteado un calendario gradual de implantación de las restricciones con el objetivo de garantizar un adecuado conocimiento de las mismas y facilitar a los afectados la transición paulatina hacia vehículos más sostenibles o hacia un cambio modal. Así, durante 2025 se pondrá en marcha una fase informativa donde se dará preaviso a los vehículos afectados por las restricciones y en 2026 comenzará una fase sancionadora que afectará a los vehículos más contaminantes registrados fuera de la provincia de València, en 2027 se ampliará a los registrados en la provincia de València excluyendo a aquellos matriculados en la ciudad de València y, finalmente en 2028 se hará extensible a cualquier vehículo que entre en el municipio.