Obligaciones en igualdad para empresas de menos de 50 personas en materia de igualdad y diversidad

Noticia P煤blico 24/02/2025 0 86
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Ojo con los fraudes telefónicos, en tema de las obligaciones por tema de igualdad.

Antes de contratar nada, consulte la veracidad de dichas informaciónes a través de fevauto@femeval.es

Obligaciones en igualdad para empresas de menos de 50 personas en materia de igualdad y diversidad:

  • Medidas de promoción de la igualdad

Todas las empresas, con independencia del número de personas trabajadoras que presten sus servicios, deben adoptar medidas concretas en favor de la igualdad, debiendo ser negociadas con la representación legal de la plantilla, Artículo 45.1 Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Las empresas pueden establecer medidas que deberán negociarse con los representantes de las personas trabajadoras, tales como la elaboración y difusión de códigos de buenas prácticas, la realización de campañas informativas, protocolos de actuación o acciones de formación.

  • Registro retributivo

Todas las empresas deben realizar anualmente un registro retributivo para toda su plantilla, incluyendo al personal directivo y altos cargos. El objetivo es garantizar la transparencia en la configuración de las percepciones, de manera fiel y actualizada, mediante la elaboración de un documento con datos promediados, desglosados y desagregados por sexo, regulado en el artículo 5.1 del RD 902/2020 y en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores.

  • Protocolo para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo y otras conductas contrarias a la libertad sexual e integridad moral

Todas las empresas deben contar con un protocolo específico para la prevención y dar cauce a las denuncias o reclamaciones en materia de acoso sexual y acoso por razón de sexo y otras conductas contra la libertad sexual y la integridad moral en el trabajo, incluidos los cometidos en el ámbito digital. En caso de no disponer de protcolo puede contactar con FEVAUTO.

Las empresas deben ofrecer formación para la protección integral contra las violencias sexuales a todo el personal a su servicio, entendida está como sensibilización y concienciación, así como a la campaña específica contra la violencia sexual. Desde FEMEVAL ser realiza la citada formación obligatoria de forma online (4 horas).

Obligaciones en igualdad para empresas de 50 o más personas:

  • Diagnóstico y Plan de Igualdad

Deben elaborar y aplicar un diagnóstico y Plan de Igualdad, siendo  objetivo de negociación con la representación legal de la plantilla o, en su defecto, atendiendo al procedimiento regulado en el artículo 5.3 del RD 901/2020.

  • Auditoría Salarial

Se debe incluir en el Plan de Igualdad una Auditoría Retributiva, de conformidad el artículo 7 de del RD 902/2020. Esta Auditoría Retributiva debe ir precedida de una Valoración de Puestos de Trabajo.

  • Planes LGTBI

Planificación de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que a su vez incluya un protocolo para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI, negociadas con la representación legal de las personas trabajadoras (artículo 12 Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y de los derechos de las personas LGTBI), atendiendo a lo dispuesto en el Real Decreto 1026/2024.