Nota del Ministerio de Industria sobre refrigerantes altamente inflamables

Noticia Público 12/07/2018 0 1.820
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Objetivo de la nota de prensa es informar sobre la aparición de nuevos refrigerantes que se comercializan sin estar autorizados por el Ministerio.

 
Los refrigerantes que se pueden utilizarse en las instalaciones frigoríficas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y sus instrucciones técnicas complementarias, son las que figuran en el apéndice 1 tabla A de la Instrucción IF 02, o los autorizados por el Ministerio de acuerdo con lo establecido en el punto 4 de la Instrucción IF 02 que dice textualmente: 

“El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo podrá autorizar a petición de parte interesada la autorización de otros refrigerantes, o sus mezclas, no incluidas en el apéndice 1, previa determinación de cuantas características de prueba y uso sean precisas según lo requerido en las prescripciones establecidas en el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas y en sus instrucciones técnicas complementarias que lo desarrollen”.

Los refrigerantes FREEZE + Refrigerante 100% Orgánico, FREEZE + 22, ECOFREEZE ECO-134, ECOFREEZE ECO22, ECOFREEZE ECO 404, HISPALER-REFRISOL- AIRCOSOL y FROSTY COOL 12 que, según indica la Asociación de Empresas de Frio y sus Tecnologías (AEFYT), en su escrito de 5 de junio presentado en este Departamento Ministerial, se están comercializando y se están usando para rellenar sistemas que originalmente funcionan con HFC clasificados en el grupo L1 de Alta Seguridad, no figuran en la citada tabla A ni han sido autorizados por este Departamento Ministerial y, por tanto, está prohibido su uso en instalaciones frigoríficas de climatización y refrigeración del ámbito del Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero.