Modificada la ley de protección a las personas empleadas contra riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Noticia Público 25/06/2021 0 555
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Con las novedades introducidas, los talleres de automoción quedan afectados por normtiva que pretende proteger frente sustancias que podrían ser nocivas para su salud.

El Real Decreto 427/2021, de 15 de junio modifica el Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.

Por esta modificación se incluyen en el listado trabajos que supongan riesgo de contacto con sustancias, mezclas y procedimientos que afectarían al taller de reparación, como:

  • Exposición cutánea a aceites minerales utilizados previamente en motores de combustión interna para lubrificar y refrigerar los elementos móviles del motor. El Real Decreto establece una posible contribución importante de riesgo por exposición cutánea.

  • Exposición a emisiones de motores diésel. El Real Decreto establece un valor límite de exposición diaria de 0,05 mg/m3 en fracción respirable -se aplicará a partir del 21 de febrero de 2023-.

  • Otras nuevas inclusiones deberían ser valoradas por el servicio de prevención de cada taller, en función de sus características individuales.

Desde las COnfederaciones nacionales de talleres así como desde las asociaciones de talleres, recomendamos a los talleres de automoción:

  • Contactar con su servicio de prevención para hacer evaluación de riesgos conforme a dicha modificación normativa.

  • Mantener una adecuada ventilación en el taller.

  • Utilizar equipos de protección personal que protejan adecuadamente de los riesgos señalados.

  • Disponer de las hojas de datos de seguridad de los productos utilizados en el taller actualizadas y a disposición del personal de la empresa para su consulta.

FUENTE CONEPA