Real Decreto LEY 7/202 por el que se modifica el plazo de garantía y a presunción de falta de conformidad: LAS PIEZAS INSTALADAS

Noticia Público 28/12/2021 0 468
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Entrada en vigor 1 de enero de 2022.

La garantía de la reparación taller (vuestra mano de obra) sigue siendo 3 meses o 2000 km, eso NO SE MODIFICA.

Destacamos las principales modificaciones que afectan al sector de reparación de automóviles, debido al Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de las personas consumidoras.

  1. Se amplía el plazo de garantía de dos a tres años. En el caso de contrato de compraventa de bienes o de suministro de contenidos o servicios digitales, la persona empresaria será responsable de las faltas de conformidad que existan en el momento de la entrega o del suministro y se manifiesten en un plazo de tres años desde la entrega en el caso de bienes o de dos años en el caso de contenidos o servicios digitales.

En los bienes de segunda mano, el empresario y el consumidor o usuario podrán pactar un plazo menor al indicado en el párrafo anterior, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.

2. La presunción de falta de conformidad se amplía de 6 meses a 2 años. Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los dos años siguientes a la entrega del bien o en el año siguiente al suministro del contenido o servicio digital suministrado en un acto único o en una serie de actos individuales, ya existían cuando el bien se entregó o el contenido o servicio digital se suministró, excepto cuando para los bienes esta presunción sea incompatible con su naturaleza o la índole de la falta de conformidad.

En los bienes de segunda mano, la persona empresaria y la persona consumidora y usuaria podrán pactar un plazo de presunción menor al indicado en el párrafo anterior, que no podrá ser inferior a un año.

3. La persona productora garantizará, en todo caso, la existencia de un adecuado servicio técnico, así como de repuestos durante el plazo mínimo de diez años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse.

Estas modificaciones, al ser genericas para ciertos subsectores, en caso de duda o problemas con las aplicaciones que se generan de la apliquen de su actividad diaria, pueden consultar al servicio juridico externo de FEMEVAL. 

Desde CETRAA,Confederación Nacional de Talleres, a la que pertenece FEVAUTO, se ha remitido una serie de propuestas de enmiendas al Proyecto de Ley de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales, y defensa de los consumidores (procedente del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril), dado que no se está de acuerdo con ciertos puntos.