Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2019 (Impuesto sobre GFEI)

Noticia Público 23/01/2019 0 12.120
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La Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (Aduanas) ha publicado las directrices del Plan 2019 de Control Tributario y Aduanero, respecto al Impuesto de Gases Fluorados.

El pasado 17 de enero se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 11 de enero de 2019, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2019.
 
Como todos los años esta Resolución pretende marcar las prioridades en materia de control tributario y aduanero a las que se dedicará una especial atención y que enmarcarán las actuaciones de las autoridades tributarias.
 
En lo que respecta al Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero, se prestará especial atención a las compras realizadas fuera de España, y en general se desarrollarán las siguientes actuaciones para este periodo:
 
a) Comprobación de las operaciones no sujetas con el fin de detectar hechos imponibles incorrectamente declarados
 
b) Control de los productos incluidos en el ámbito objetivo del Impuesto adquiridos por personas o entidades no inscritas en el Registro Territorial del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
 
c) Control de las recepciones y expediciones exentas de gases fluorados de efecto invernadero imputados y declarados por los revendedores.

d) Control de las autoliquidaciones y declaraciones de operaciones que deben presentar los revendedores de gases fluorados de efecto invernadero
 
e) Control de determinadas adquisiciones intracomunitarias de gases fluorados de efecto invernadero efectuadas por revendedores.
 
f) Control de las ventas y entregas de los productos incluidos en el ámbito objetivo del Impuesto sobre los Gases Fluorados de Efecto Invernadero y del correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias inherentes a dichas operaciones. Se prestará especial atención a las operaciones intracomunitarias de adquisición de gases sujetos al impuesto.
 
g) Control de los importadores de Gases Fluorados de Efecto Invernadero.
 
Encontrarán la Resolución completa en el siguiente enlace.