Patronal y sindicatos sellan el Convenio del Comercio del Metal para Valencia

Nota de prensa P煤blico 15/04/2021 26 9.629
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FEMEVAL, CCOO PV y UGT cierran un acuerdo que alcanza a 6.725 empresas y 52.000 personas trabajadoras

La Federación Empresarial Metalúrgica Valenciana (FEMEVAL), la Federación de Servicios de Comisiones Obreras (CCOO PV) y la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo del País Valencià (UGT) han firmado hoy el Convenio Colectivo Provincial de Comercio de Metal de Valencia para el periodo 2020-2022, en los términos del principio de acuerdo alcanzado el pasado 10 de marzo y tras las labores de redacción del texto y cálculo de las tablas salariales.

 

FEMEVAL destaca la importancia de esta negociación, tanto para las 6.725 empresas como para las cerca de 53.000 personas trabajadoras a las que da cobertura, porque dota de una vigencia e incrementos salariales razonables acordes a la incertidumbre generada por la evolución de la crisis sanitaria.

 

La federación del metal considera también que la incorporación de una clasificación profesional actualizada conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, representa una apuesta decidida por la profesionalización y modernización del sector más acorde a la realidad y nuevas demandas del mercado, dejando atrás una clasificación obsoleta. 

 

En materia económica, establece incrementos salariales del 0,3% para 2020, del 1,3% para 2021 y del 1,5% para 2022, con una cláusula de revisión salarial en caso de que el IPC supere el 1,3% del incremento pactado para 2021, y del 1,5% para 2022.

 

Por otro lado, la patronal y los sindicatos han mostrado una especial sensibilidad y compromiso con la igualdad de género al trasladar el capítulo de igualdad al principio del convenio y adaptar el texto al lenguaje inclusivo.

 

El convenio firmado alcanza a distribuidores y comerciantes de equipos, recambios y accesorios para la automoción, concesionarios de ventas de automóviles, alquiler de vehículos y camiones, tiendas de electrodomésticos, empresas de tecnología de la información, proveedores de material médico-quirúrgico, ferreterías, ortopedias, almacenistas y comerciantes siderometalúrgicos, almacenistas de aluminio, material eléctrico y hierro, y comerciantes detallistas.

 

Se ha acordado también la creación de una comisión de modernización para detectar las llamadas que las nuevas normativas sobre igualdad, teletrabajo y derechos digitales efectúa a la negociación colectiva y que puedan afectar al sector de comercio del metal.

 

Sobre la obligación del registro de jornada, se definen como preferentes los medios electrónicos y en su defecto manuales, permitiendo computar el inicio y fin de la jornada laboral diaria, de forma objetiva y fiable, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se pueda establecer.

 

Repercusión:

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