PRESIDENCIA GENERALITAT: Medidas limitación permanencia grupos de personas en espacios públicos y privados y de movilidad (del 26 abril al 9 de mayo)

Normativa y legislación Público 23/04/2021 20 6.021
  • |
  • |

DECRETO 15/2021, de 23 de abril, del president de la Generalitat, por el que se determinan las medidas de limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y de limitación de la movilidad, desde las 00.00 horas del 26 de abril hasta las 00.00 horas del 9 de mayo de 2021.
 
El presente decreto recoge las limitaciones que se refieren a la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y en lugares de culto y a la movilidad, que permanecen sin cambios respecto a lo dispuesto en el anterior Decreto 12/2021, de 8 de abril, del president de la Generalitat.
 
Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados y en lugares de culto:
 

  • En espacios de uso público, tanto cerrados como el aire libre, no se podrán formar grupos de más de seis personas, salvo que se trate de personas convivientes.
  • En domicilios y espacios de uso privado, tanto en el interior como el exterior, se permiten únicamente las reuniones familiares y sociales de personas que pertenecen a un máximo de dos núcleos o grupos de convivencia.

Se exceptúan las actividades laborales, las institucionales, las de transporte y las de los centros docentes que imparten enseñanzas a las que hace referencia el artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación, incluida la enseñanza universitaria, ni aquellas actividades para las que se establecen medidas específicas en la normativa aplicable.

  • La permanencia en lugares de culto no podrá superar el 50 % de su aforo, siempre que la distancia interpersonal respete un mínimo de 1,5 metros.

 
Limitaciones de movilidad

  • Se limita la entrada y la salida de personas del territorio de la Comunitat Valenciana, excepto para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados recogidos en este Decreto.
  • Queda limitada la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre las 22:00 y las 06:00 horas en todo el territorio de la Comunitat Valenciana. 
    Entre las excepciones a estas limitaciones de movilidad se incluye: el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
     
    Efectos: desde las 00.00 horas del día 26 de abril de 2021 hasta las 00:00 horas del 9 de mayo de 2021.