Todas las empresas con más de 50 personas empleadas deben tener elaborado, depositado, registrado y publicado de forma oficial un plan de igualdad el 7 de marzo. Por lo que queda menos de un mes para que termine el plazo de adaptación de tres años que el Gobierno dio a las compañías de entre 50 y 100 personas trabajadoras para que elaboraran su plan, cumpliendo con lo exigido en el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, aprobado el 7 de marzo de 2019.
Por ello, en esa fecha casi 12.000 empresas se sumarán a la obligación que ya tenían las que contaban con una plantilla de más de 100 personas. De lo contrario, podrán ser sancionadas con hasta 7.500 euros de multa. Así, desde marzo, serán más de 30.000 empresas las que deban tener un plan de igualdad.
Pero, paradójicamente, a día de hoy poco más de 4.560 lo tienen publicado, según los datos que figuran en el portal Regcon, dentro de la web del Ministerio de Trabajo. Es decir, que apenas una de cada seis empresas cumple actualmente con la ley.
Aunque son pocas las compañías que tienen en España más de 50 personas empleadas, 30.000 de las cerca de tres millones que hay –dado que el tejido productivo se compone mayoritariamente de pymes y micropymes–, dan cobijo a la mayor parte de personas asalariadas. Por tanto, más de 8,4 millones de personas trabajadoras, casi el 60% del total, deberían estar protegidas por un plan de igualdad desde el próximo mes.
Cabe recordar que, a su vez, no solo están obligadas las empresas de más de 50 personas trabajadoras, sino también aquellas cuyo convenio colectivo de aplicación así lo prevea, con independencia de la plantilla que tengan, así como las empresas para las que así lo haya acordado la autoridad laboral a través de un procedimiento sancionador.
Para el resto, la elaboración de un plan de estas características será voluntario. Pero a día de hoy, la inmensa mayoría de empresas no tiene un plan de igualdad, lo que supone una infracción de carácter grave que puede implicar una multa de entre 751 euros y 7.500 euros. Es más, si existe una orden de la autoridad laboral para que la empresa posea uno de estos planes y aun así sigue sin tenerlo, la sanción pasaría a ser muy grave y las multas se elevarían hasta los 187.515 euros, cuantía que deberán pagar también aquellas compañías en las que se detecte discriminación por razón de género.
La Inspección de Trabajo llevará a cabo actuaciones para controlar que esté todo en regla, aunque sancionar o no dependerá del criterio del personal funcionario. A lo largo del año pasado, la Inspección de Trabajo efectuó más de 2.200 actuaciones en materia de igualdad, un 47% más que el año anterior, en las que se registraron 163 infracciones que afectaron a 36.663 personas trabajadoras, según datos del Ministerio. La cuantía recaudada por estas multas asciende a 324.771 euros.
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