Medidas adoptadas por Resolución de 26 de marzo de 2020, por la que se adaptan las líneas de financiación bonificada del IVF (IVF-autónomos y microempresas; IVF-pyme; e IVF-gran empresa) a la nueva realidad producida por el coronavirus, y se cierra la línea de financiación bonificada IVF-Afectados por la Dana de septiembre de 2019. Adjuntamos documento remitido por el Instituto Valenciano de Finanzas (IVF) con un cuadro en el que se detallan las nuevas condiciones de todas las líneas modificadas por la resolución.
En las líneas “IVF-Pyme” e “IVF-Gran Empresa” se introduce la posibilidad de incluir como gastos financiables las necesidades de circulante no vinculadas al crecimiento empresarial. El IVF podrá financiar hasta el 100 % del valor de los elementos de capital circulante adquiridos por la empresa. El importe máximo financiable disminuye hasta los 2 millones de euros para grandes empresas, y 1,5 millones de euros para pymes.
En la línea de gran empresa el importe mínimo pasa a ser de 250.000 euros.
La línea “IVF-Autónomos y microempresas” pasa a tener un tipo de interés de Euribor con un mínimo del 0 % y un diferencial del 0%.
La resolución modifica algunas de las condiciones que deberán cumplir los beneficiarios, así como la documentación que deberá acreditar.
Finalmente, mediante esta resolución se cierra la convocatoria de financiación bonificada “IVF-Afectados por la DANA de septiembre de 2019”.
Entrada en vigor: La modificación de las líneas enumeradas entra en vigor el 31 de marzo de 2020. En este sentido, a las solicitudes presentadas con registro de entrada anterior a la fecha de publicación de la resolución y que estén en fase de tramitación, se les aplicarán las condiciones de financiación vigentes en el momento de la solicitud.