Aplicación del impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables

Noticia Público 30/12/2022 0 63
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Con entrada en vigor 1 enero 2023

El pasado mes de octubre informamos sobre el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables, en vigor a partir del próximo 1 de enero. Dicho impuesto es un tributo por la utilización en territorio español de envases no reutilizables, que contengan plástico, tanto si se presentan vacíos como si se presentan conteniendo, protegiendo, manipulando, distribuyendo y presentando mercancía.

El impuesto se encuentra regulado en el capítulo I del título VII de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular (artículos 67 a 83, disposición transitoria décima, disposición final cuarta y disposición final décimo tercera).

Las empresas que trabajen con envases de plástico y tapones o láminas de termoplástico, estarán sometidas a nuevas obligaciones derivadas del pago del impuesto, tales como: obligación de registro de actividad, inclusión de determinada información en las facturas o certificados que emitan, o, en su caso, la llevanza de una contabilidad, entre otras.

Adjuntamos información de interés para la correcta aplicación del impuesto (disopnible en la página web de la Agencia Estatal Tributaria):

ENLACE a grabación de la jornada realizada por Broseta Abogados, Retos de la nueva Ley 7/2022, de Residuos y Suelos Contaminados; Principales cuestiones sobre el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables.

Video AEAT