Se ha publicado en el DOGV Resolución de 15 de julio de 2024, de la consellera de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2024, de ayudas para impulsar proyectos industriales que sean estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana. STRATG 2024
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Extracto de la convocatoria: (DOGV de 19/07/2024)
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Bases reguladoras: Orden 1/2024, de 30 de enero, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la cual se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar la reindustrialización de la economía de la Comunitat Valenciana (DOGV 05/02/2024).
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Modificación plazos de justificación de las ayudas: RESOLUCIÓN de 3 de diciembre de 2024, de ampliación de plazos y modificación parcial de la Resolución de 15 de julio de 2024, de la Conselleria de Innovación, Industria, Comercio y Turismo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2024 de ayudas para impulsar proyectos industriales que sean estratégicos para la reindustrialización de la Comunitat Valenciana. STRATG 2024. (DOGV 05/12/24)
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Justificación de la ejecución realizada en 2024: hasta el 5 de diciembre de 2024.
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Justificación de la ejecución de 2025: hasta el 5 de diciembre de 2025.
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Justificación de la ejecución de 2026: hasta el 7 de diciembre de 2026.
Tramitación telemática
Guía para solicitar ayudas a proyectos industriales estratégicos
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?
Pymes industriales o de servicios vinculados directamente a la industria de la Comunitat Valenciana, así como las asociaciones empresariales y las agrupaciones empresariales innovadoras vinculadas directamente a la industria, que tengan que desarrollar mayoritariamente en un establecimiento situado en la Comunitat Valenciana, con independencia de dónde se encuentre el domicilio social de la empresa o entidad, y la actividad principal del proyecto se enmarque en uno o varios del siguiente grupo de actividades según CNAE 2009:
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Actividades C “Industria Manufacturera” (códigos del 10 a 33).
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Valorización de Materiales (códigos 3821, 3822, 3831 y 3832)
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Sector de Semiconductores (códigos 6201, 6202, 6209, 6311, 7112 y 7219) siempre que la actividad subvencionable se vincule con el diseño y la producción.
Quedan EXCLUIDAS como posibles beneficiarias:
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Las personas físicas y las comunidades de bienes.
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Las empresas dedicadas a la producción primaria de productos de la pesca y la acuicultura.
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Las empresas dedicadas a la transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura, cuando el importe de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos adquiridos o comercializados.
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Las empresas del sector de la producción agrícola primaria.
GASTOS SUBVENCIONABLES
Proyectos empresariales de inversión, investigación y desarrollo, de presupuesto mínimo subvencionable de 1M € (IVA excluido), ejecutados en la Comunitat Valenciana, y que se puedan considerar estratégicos para la reindustrialización para concurrir dos o más de las siguientes circunstancias:
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Por tener un carácter tractor industrial con efectos a medio o largo plazo, de los sectores emergentes de la industria aeroespacial, la valorización de materiales, el aprovechamiento de la biomasa, la generación de hidrógeno verde o la producción de semiconductores.
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Por su capacidad de generar ocupación en el territorio, al menos 100 o más ocupaciones indefinidos directos en la Comunitat entre 2024 y 2026.
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Por generar determinadas externalidades positivas de gran relevancia sobre la actividad económica o en la Comunitat Valenciana.
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Por su capacidad para movilizar inversión privada, excluida la financiación pública, de al menos 10 M€ entre 2024 y 2026.
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Por suponer un avance sustancial en la descarbonización de las fuentes de energía utilizadas en los procesos productivos en un sector industrial.
Los proyectos podrán tener carácter plurianual, deberán iniciarse en el ejercicio de la convocatoria y el plazo máximo de duración no podrá exceder de 2026.
AYUDA
Las empresas solicitantes podrán elegir amparar, todo el proyecto estratégico o determinados costes subvencionables, en el Reglamento de minimis y/o el Reglamento General de Exención de Categorías (RGEC).
La cuantía de la ayuda será diferente según el tamaño de la empresa y el marco normativo vigente de ayudas al que se ampare el proyecto o costes subvencionables.