TransMisiones 2024

Ayudas P煤blico 23/05/2024 0 1.086
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PLAZO CERRADO 21/06/24

OBJETIVO

Financiación de proyectos de I+D, ejecutados en colaboración por agrupaciones de empresas, para dar respuesta a los desafíos planteados en alguna de las misiones siguientes:

  1. Impulso del desarrollo de una industria de fusión española: desarrollo de tecnologías para avanzar en el camino hacia la fusión.
  2. Energía para el siglo XXI: impulso a los combustibles avanzados, fuentes de energía de base biológica y combustibles sintéticos desarrollados a partir de CO2 capturado.
  3. Impulso de la economía circular -singularmente reciclaje y valorización- en el ámbito de energías renovables y almacenamiento energético.
  4. Impulso de IoT y edge computing seguros, así como tecnologías profundas de naturaleza transversal vinculadas, para avanzar hacia la fábrica autónoma.
  5. Desarrollos para la preservación y usos sostenibles de costas y océanos en un contexto de cambio climático, coexistentes con usos tradicionales y actividades emergentes.
  6. Impulsar la mejora genética tanto en variedades vegetales como en especies animales y acuícolas para hacerlas más sostenibles, eficientes y resilientes al cambio climático.
  7. Impulso de herramientas inmunológicas -vacunas-, tratamientos farmacológicos innovadores y tecnologías de control, para la prevención y detección de los primeros signos de enfermedad en animales, así como su tratamiento, orientado a maximizar la sanidad y el bienestar animal. 
  8. Avanzar en la investigación de enfermedades infecciosas y en la resistencia antimicrobiana, para contar con ecosistemas de investigación y sistemas sanitarios preparados para diagnosticarlas, prevenirlas y tratarlas.

Más información en la web o en el email MISIONES@CDTI.ES

Tramitación telemática

¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

Agrupaciones de personas jurídicas que puedan llevar a cabo proyectos de I+D empresarial en cooperación.

  • Agrupación constituida por entre tres y ocho empresas, al menos dos de ellas autónomas.
  • La agrupación ha de estar liderada por una empresa grande o mediana y contar con al menos una pyme entre sus socios.

Las empresas integrantes de la agrupación han de estar válidamente constituidas, tener personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.

La agrupación CDTI resultante no tendrá personalidad jurídica, por lo que uno de los participantes actuará como coordinador o representante.

Los miembros de la agrupación deberán suscribir un acuerdo interno que regule su funcionamiento.

El representante de la agrupación recibirá el pago de la ayuda concedida y será responsable de su distribución entre los miembros de la agrupación según el reparto establecido en la resolución de concesión. 

Para que un proyecto presentado por una agrupación CDTI obtenga financiación en esta convocatoria será requisito imprescindible que el proyecto presentado por la agrupación AEI, que forma parte de la actuación coordinada de I+D, obtenga, a su vez, financiación por parte de la AEI.

AYUDA

 

Subvención hasta los límites de intensidad máximos: 65% Gran Empresa, 75% Mediana Empresa y 80% Pequeña Empresa.

La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias.

Para cada proyecto y beneficiario, el límite de intensidad de ayuda vendrá dado por el peso de cada tipo de actividad (investigación industrial o desarrollo experimental) y por la intensidad máxima que corresponda en cada caso.

TIPOLOGÍA DE PROYECTO

Proyectos plurianuales desarrollados en cualquier CC.AA. española.

  • Presupuesto elegible mínimo de 3.000.000 euros y máximo de 10.000.000.
  • Presupuesto mínimo elegible por empresa de 175.000 euros.
  • Duración: 3 o 4 años. Inicio 1 de enero de 2025.
  • Investigación industrial mínima del 5% del presupuesto elegible.

Deberá existir una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.

Ninguna de las empresas autónomas de la agrupación ni ningún grupo de empresas vinculadas o asociadas podrá superar el 60% del presupuesto elegible del proyecto.

Los integrantes de la agrupación responderán de las eventuales obligaciones de reintegro en relación con las actividades que se hayan comprometido a realizar. En caso de incumplimiento, todos los integrantes de la agrupación responderán solidariamente hasta el límite de la ayuda que les hubiera sido concedida por su participación en el proyecto.

GASTOS ELEGIBLES

Se admiten los siguientes costes directos de ejecución:

  • Costes de personal
  • Costes de instrumental y material inventariable
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia
  • Costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto
  • Gastos generales y otros gastos de explotación adicionales que deriven directamente del proyecto
  • Gasto derivado del informe de auditor.

El coste global de la actividad subcontratada por beneficiario no podrá superar al 50% del presupuesto elegible de dicho beneficiario.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación.

Cuando la actividad concertada con terceros exceda del 20 por ciento del importe de la subvención y dicho importe sea superior a 60.000 euros, el contrato se celebrará por escrito y la celebración de este deberá autorizarse previamente por el órgano concedente.

Las entidades integrantes de la agrupación no podrán subcontratarse entre ellas las actuaciones objeto de la ayuda.

En caso de que la subcontratación se realice con entidades vinculadas al beneficiario, deberá solicitarse autorización al CDTI.

Acción alineada con los Objetivos de Desarrollo Sostenible ODS 9 (industria, innovación e infraestructura) y ODS 8 (trabajo decente y crecimiento económico)