RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2020, por la que se convocan ayudas para la adquisición de vehículos de energías alternativas dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible con cargo al presupuesto del ejercicio 2020 (Programa MOVES II-Vehículos Comunitat Valenciana), y por la que se convoca la adhesión de concesionarios y puntos de venta de dichos vehículos.
El objetivo es convocar ayudas para la adquisición de vehículos más eficientes que utilizan energías alternativas a los combustibles convencionales, fomentando así la disminución de las emisiones de CO2 y de otras emisiones contaminantes.
Los modelos de vehículos susceptibles de ser incentivados deben figurar en la Base de Vehículos del IDAE.
PROCEDIMIENTO DE ADHESIÓN DE LOS CONCESIONARIOS/PUNTOS DE VENTA AL PLAN MOVES II
- PLAZO ADHESIÓN: del 30 de julio 2020 hasta 28 de junio 2021
Pueden ser concesionarios/puntos de venta adheridos al Programa MOVES II -Vehículos, las empresas autorizadas para la comercialización de vehículos que operen en la Comunitat Valenciana y que acrediten estar dados de alta para tal fin mediante el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) 615.1 o 654.1. Para ello deberán inscribirse a través de la web de IVACE.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTAS AYUDAS?
- Las personas autónomas, que tengan su domicilio de la actividad en la Comunitat Valenciana y que estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Las personas físicas mayores de edad, a excepción de los casos de discapacidad, que podrán ser menores de edad, con residencia en la Comunitat Valenciana.
- Las Comunidades de propietarios con domicilio en la Comunitat Valenciana, que cumplan con la Ley 38/2003, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3.
- Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud de ayuda, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la Comunitat Valenciana o bien que desarrollen su actividad, cuenten con una sede y tengan parte de su plantilla en la Comunitat Valenciana.
NO podrán ser beneficiarias los concesionarios o puntos de venta cuyo epígrafe sea el 615.1 o el 654.1.
Estas ayudas SON INCOMPATIBLES con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.
Se establece límite de ayudas de 30 vehículos por persona destinataria última salvo para personas físicas sin actividad profesional que tendrán límite de 1 vehículo por persona destinataria últim. Máximo de 4 vehículos de demostración por cada concesionario o punto de venta adherido, en el caso de adquisición de vehículos eléctricos y de pila combustible de categorías M1 y N1 y con hasta 9 meses de antigüedad.
¿CÓMO SE TRAMITA?
PLAZO SOLICITUD DE LAS AYUDAS: del 6de agosto 2020 hasta 28 de julio 2021
La persona o entidad interesada en solicitar la ayuda se pondrá en contacto con concesionario/punto de venta adherido que tramitará en su nombre, de manera telemática, la correspondiente solicitud a través de la web de IVACE. (AÚN NO ACTIVO)
Listado de concesionarios/puntos de venta adheridos