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Normativa de envases y sus repercusiones
Desde el 1 de enero hay ciertas obligaciones para todos los envases, ya sean, domésticos, comerciales o industriales (o primarios, secundarios... todos).
Exponemos las obligaciones:
Diseño y marcado
Se deben diseñar para que se reduzca el impacto ambiental, no se ponga en peligro la salud y no se dañe el medio ambiente.
Además, si son reutilizables se debe indicar con el símbolo SDDR (no se puede marcar con palabras como respetuoso con el medio ambiente o parecido, que pueda dar lugar a confusión y se deseche). Deben marcarse con el símbolo que acredita que pertenecen a un sistema de Responsabilidad Ampliada del Productor (RAP). Además, para plástico compostable debe indicar la certificación europea UNE EN 13432:2001 (los compostables domésticos o industriales deben indicar "no abandonar en el entorno".
Esto afecta al fabricante del envase.
Información
Los productores deben inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP) e indicar sus datos y enviar la información sobre los envases que ponen en el mercado. Además de incluir en la factura el nº de registro que se les asigne.
Previo al registro deben estar integrados en un RAP o gestionar de forma individual sus productos envasados. En general, os establecereis en un sistema colectivo. A éste le remitiréis la información necesaria. Los sistemas son los siguientes: https://www.miteco.gob.es/en/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/prevencion-y-gestion-residuos/flujos/responsabilidad-ampliada.html
En este documento, en la página 85 viene como daros de alta, e incluso responde a posibles preguntas que tengáis: https://www.miteco.gob.es/content/dam/miteco/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/sgecocir/envases/registro-productores-de-producto/231006_FAQ_envases_def-3.pdf#page41
Un productor es alguna empresa que envasa o importa (si la empresa no tiene representante autorizado, además, si es una marca blanca se debe identificar al proveedor, si no el distribuidor es el responsable).
Aquí por ejemplo, si compramos algo envasado, pero lo reenvasamos con otros materiales, seríamos responsables de esa puesta en el mercado y, deberíamos registrarnos en el RPP, informar, darnos de alta en un RAP y gestionar la financiación facturación-
Financiación
El productor debe financiar la recogida y el tratamiento de los envases. En las facturas que emita un productor (envasador o importador si no hay representante) debe poner el Nº de registro y la contribución al SCRAP de forma diferenciada.
Poner el Nº de registro en el RPP es obligatorio para todas las facturas y para todos. Es decir, vendamos lo que vendamos, se ha de poner en la factura este número. La contribución es obligada para el productor (envasador o importador), pero no pone nada para el resto de operaciones comerciales.
Si el envase es reutilizable se debe poner en todas las facturas de la cadena de valor hasta el usuario final.
Por último, si se exporta, se está exento.